Inscripciones a carreras para mayores de 25 años y Programa Acompañart7

Amparados en el Artículo 7º de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, los aspirantes a estudiar en la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud de UADER que hayan cumplido 25 años y no tengan sus estudios secundarios finalizados pueden inscribirse a carreras de pregrado y grado.

 

PARA INSCRIBIRSE Y CURSAR CARRERAS EN 2024: 

las preinscripciones se realizan desde el lunes 8 hasta el 26 de agosto.

 

El PROGRAMA ACOMPAÑART7

Desde la FCVYS|UADER se proyecta el acompañamiento para fortalecer y sostener el ingreso y la permanencia en el ámbito universitario de todas aquellas personas contempladas en el artículo 7 de la LES. En este sentido, desde el 2 de octubre, darán inicio las actividades comprendidas en el Programa Acompañarte, una iniciativa propuesta del Departamento de Ingreso, Permanencia y Egreso, dependiente de la Secretaría de Inclusión Estudiantil y Promoción de Derechos.

Desde el programa se articulan esfuerzos, propuestas y recursos disponibles en materia de educación, ofreciendo estrategias de re vinculación y acompañamiento académico. Mediante la modalidad de talleres, accedan a conocimientos básicos en Matemáticas, Lectura y Comprensión de textos y Entornos virtuales.

 

Requisitos 
a) Tener 25 años cumplidos al momento de la preinscripción
b) Poseer ciclo primario completo
c) En caso de tener estudios secundarios incompletos, presentar constancia correspondiente

De la Preinscripción:

  1. La fecha de preinscripción , será aprobada por el Consejo Directivo, a propuesta de la Secretaría Académica de la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud.
  2. Para la preinscripción, se debe completar el siguiente formulario:
  3. Luego llevar la documentación documentación correspondiente a la Sede en donde cursará la carrera.

Documentación a presentar:

  1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad-( DNI)  Libreta de Enrolamiento- Libreta Cívica.
  2. Fotocopia del Título  del Ciclo Primario completo.
  3. Constancia de estudios secundarios incompletos, si los tuviera.
  4. 4 fotos 4x4cm
  5. Constancia de experiencia laboral acorde a la carrera elegida, y/o certificados de cursos, capacitaciones, jornadas.
  6. Constancia de Grupo Sanguíneo

Los antecedentes en relación a la carrera elegida, deberán contar con la certificación correspondiente que los avale. Es decir,  deben dar cuenta que poseen preparación y/o experiencia laboral conforme con los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente

. Las personas que se inscriban mantendrán una entrevista individual con un equipo de la Facultad que evaluará la admisión para el cursado de la carrera elegida.

De los antecedentes y la entrevista:

  • La evaluación de antecedentes y entrevista estará a cargo de una  Comisión de Admisión designada a tal fin. La misma estará conformada por representantes de la Secretaria Académica, de la Secretaría de Inclusión Estudiantil y Promoción de Derechos y tres (3) Docentes de la carrera elegida 
  • Una vez realizada la evaluación de antecedentes y entrevista, la Comisión elevará al Consejo Directivo de la Facultad mediante informe , los resultados para su conocimiento y aprobación.
  • Tanto el informe presentado por la Comisión de Admisión , como la  Resolución emitida por el Consejo Directivo, no implica la admisión definitiva a la carrera, siendo requisito necesario, la preinscripción a la carrera elegida según fechas establecidas por Calendario Académico.    

     

En caso que se desee  cambiar de carrera dentro de la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud y haya aprobado anteriormente las instancias de admisión  previstas:

 sólo tendrá que presentarse a la instancia de admisión para valoración de pertinencia,  con la carrera a cursar.

 

En aquellos casos que provenga de otra Facultad o de otra Universidad: 

Su admisión también  estará sujeta a la evaluación de antecedentes,  en relación directa con la carrera elegida.

Esto incluye a quienes realicen la inscripción a cualquier carrera que se dicta en la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud   bajo las condiciones establecidas el Artículo 7 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, pero que provengan de otra Facultad dependiente de la Universidad Autónoma de Entre Ríos, o de otras Universidades públicas o privadas.

 

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